Calendario fiscal 2026: fechas clave y modelos para despachos profesionales

Calendario fiscal 2026: fechas clave y modelos para despachos profesionales
Rocío Gómez Rocío Gómez
Publicado el 16 enero, 2025 Actualizado el 27 enero, 2026 13 minutos de lectura

El año 2026 llega con cambios importantes en materia fiscal que pueden impactar tus finanzas. Por ello, es esencial planificar correctamente el calendario tributario tanto para tu actividad como para la de tus clientes.

A continuación, te ofrecemos un resumen de las fechas más relevantes y los plazos clave para la presentación de impuestos como el IVA, la declaración de la renta y otras gestiones esenciales. Las fechas recogidas en este calendario fiscal 2026 se basan en el Calendario del Contribuyente publicado por la Agencia Tributaria (AEAT), por lo que constituyen una referencia oficial y actualizada.


¿Qué es un calendario fiscal y por qué es importante?

El calendario fiscal es una herramienta fundamental para autónomos, pymes, despachos profesionales y empresas. Ayuda a gestionar y cumplir con las obligaciones tributarias dentro de los plazos establecidos, evitando sanciones y optimizando la planificación financiera.


¿Cómo se organiza el calendario fiscal 2026?

El calendario fiscal del 2026 se organiza en cuatro periodos trimestrales:

  • Primer trimestre: 1 de enero al 31 de marzo de 2026.
  • Segundo trimestre: 1 de abril al 30 de junio de 2026.
  • Tercer trimestre: 1 de julio al 30 de septiembre de 2026.
  • Cuarto trimestre: 1 de octubre al 31 de diciembre de 2026.

Plazos trimestrales para presentar impuestos:

  • Primer trimestre: Del 1 al 20 de abril de 2026. 
  • Segundo trimestre: Del 1 al 20 de julio de 2026. 
  • Tercer trimestre: Del 1 al 20 de octubre de 2026.
  • Cuarto trimestre: Del 1 al 20 de enero de 2027.

Para optimizar estos procesos, puedes utilizar herramientas como a3asesor Eco, que permite automatizar y agilizar la presentación de modelos tributarios.


¿Cuáles son las fechas clave del calendario fiscal 2026?

A continuación, repasamos el calendario fiscal 2026 mes a mes con los principales plazos y modelos.


31 de diciembre

Cierre del calendario fiscal 2026 con la presentación de renuncias y opciones de regímenes fiscales aplicables a 2027 (modelo 036).



Hasta el 20 de enero

Obligaciones trimestrales habituales:

  • Modelo 111: Retenciones e ingresos a cuenta del trabajo y actividades profesionales
  • Modelo 115: Retenciones por alquileres.
  • Modelo 123: Retenciones sobre rendimientos del capital mobiliario.

Además, para grandes empresas y supuestos específicos deben ingresar estas retenciones de forma mensual, por lo que en enero presentan las correspondientes al mes de diciembre de 2025, a través de los modelos anteriores y, además:

  • Modelo 117: Retenciones sobre ganancias patrimoniales.
  • Modelos 124, 126 y 128: Retenciones sobre rendimientos del capital mobiliario.
  • Modelo 136: Gravamen especial sobre premios.
  • Modelo 210 y 216: Rentas obtenidas por no residentes.
  • Modelo 230, cuando proceda.

En este mismo plazo también se presentan otros impuestos específicos, según la actividad del contribuyente:

  • Impuestos medioambientales.
  • Impuestos especiales de fabricación.
  • Impuesto especial sobre la electricidad.
  • Impuesto sobre primas de seguros.
  • Impuesto especial sobre el carbón.
  • Impuesto sobre transacciones financieras.

Hasta el 30 de enero:

El 30 de enero es la fecha límite para presentar varias declaraciones y liquidaciones clave, tanto del cuarto trimestre de 2025 como del mes de diciembre de 2025.

– Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Autónomos deben presentar el pago fraccionado del cuarto trimestre de 2025, según su método de tributación:

  • Modelo 130: Estimación directa (ingresos y gastos reales)
  • Modelo 131: Estimación objetiva (módulos)
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Empresas y autónomos deben presentar:

  • Modelo 303:
    • Declaración mensual de IVA de diciembre
    • Autoliquidación del cuarto trimestre
  • Modelo 349: Declaración de operaciones intracomunitarias
  • Modelo 380: Operaciones asimiladas a importaciones
  • Modelo 309: Declaración-liquidación no periódica de IVA
  • Modelo 390: Resumen anual del IVA (declaración informativa)

Además, hasta esta fecha pueden presentarse las modificaciones censales mediante los modelos 036 y 037.


Hasta el 31 de enero

El 31 de enero se cierra oficialmente el año fiscal anterior con la presentación de varios resúmenes anuales informativos:

  • Modelo 180: Resumen anual de retenciones por alquileres
  • Modelo 188: Resumen anual de retenciones sobre capital mobiliario
  • Modelo 190: Resumen anual de retenciones de IRPF (nóminas y profesionales)
  • Modelos 193, 193-S, 194, 196 y 270: Otros resúmenes informativos de retenciones y operaciones específicas

Además, es la fecha límite para declarar el IVA del e-commerce realizado con otros países de la UE, mediante el:

  • Modelo 369 – Régimen OSS / IVA e-commerce
    La periodicidad de este modelo puede ser mensual o trimestral, según el régimen aplicable a cada negocio.

Tanto estas obligaciones como el modelo 347, que este año se presenta en febrero, pueden gestionarse de forma más ágil con software fiscal especializado a3asesor Eco.



Hasta el 2 de febrero

Antes de esta fecha deben presentarse los siguientes resúmenes anuales de retenciones correspondientes al ejercicio anterior:

  • Modelo 190: Resumen anual de las retenciones practicadas a trabajadores y profesionales (modelo 111).
  • Modelo 180: Resumen anual de retenciones por arrendamientos y alquileres de inmuebles.

Hasta el 2 de marzo

  • Modelo 347: Declaración informativa anual de operaciones con terceros realizadas durante el año anterior. Solo es obligatorio presentarlo si el importe total de las operaciones con un mismo cliente o proveedor supera los 3.005,06 €.
    Su plazo de presentación es del 1 de febrero al 2 de marzo de 2026.

Hasta el 31 de marzo

  • Modelo 720: Declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero.

La correcta presentación de estos modelos informativos es clave para evitar requerimientos posteriores por parte de la Agencia Tributaria.

Agiliza la gestión de estas declaraciones con software especializado como a3asesor Ren.



Desde el 8 de abril hasta el 30 de junio

  • Modelo 100: Comienza la presentación por Internet de la Declaración de la Renta 2025 y del Impuesto sobre el Patrimonio, con resultado a ingresar y domiciliación bancaria. La domiciliación del pago estará disponible hasta el 25 de junio.

Hasta el 20 de abril

Presentación de los principales modelos del primer trimestre:

  • Modelo 111: Retenciones de personal y profesionales.
  • Modelo 115: Retenciones por alquileres.
  • Modelo 130: Pago fraccionado del IRPF (estimación directa).
  • Modelo 131: Pago fraccionado del IRPF (estimación objetiva).
  • Modelo 303: Declaración trimestral de IVA.
  • Modelo 309: Declaración-liquidación no periódica de IVA.
  • Modelo 349: Operaciones intracomunitarias.
  • Modelo 202: Primer pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades.

Las grandes empresas, además, presentan las retenciones mensuales y determinados impuestos especiales, según su actividad.

Desde el 6 de mayo hasta el 30 de junio

Inicio de la presentación telefónica de la Declaración de la Renta.



Hasta el 25 de junio

Último día para domiciliar el pago de la Declaración de la Renta si el resultado es a ingresar.

Hasta el 30 de junio

  • Fin de la campaña de la Declaración del IRPF.
  • Finaliza también el plazo del Modelo 151 (régimen especial para trabajadores desplazados).
  • Presentación de determinados modelos periódicos de IVA, entre ellos el Modelo 369 (régimen de importación).


Hasta el 20 de julio

  • Modelo 111: retenciones a trabajadores y profesionales.
  • Modelo 115: retenciones por alquileres.

Además, para grandes empresas se presentan de forma mensual:

  • Modelo 117: retenciones sobre determinadas ganancias patrimoniales.
  • Modelo 123, 124, 126 y 128: retenciones sobre rendimientos del capital mobiliario.
  • Modelo 216: retenciones a no residentes sin establecimiento permanente.
  • Modelo 230: obligaciones informativas asociadas a determinadas retenciones.

En este mismo plazo también pueden presentarse impuestos especiales, como los medioambientales, eléctricos o los relativos a determinados productos y servicios, según la actividad de la empresa.

Hasta el 27 de julio

  • Modelo 200: Declaración anual del Impuesto sobre Sociedades (IS). Es el modelo mediante el cual las empresas declaran y liquidan el impuesto correspondiente a los beneficios obtenidos durante el ejercicio.

Hasta el 30 de julio

Presentación de diversas declaraciones y liquidaciones fiscales correspondientes al mes de junio de 2026 y al segundo trimestre de 2026, principalmente en materia de IVA:

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Empresas y autónomos:

  • Modelo 303: Declaración mensual o trimestral del IVA, según el régimen aplicable.

Grupos de empresas que tributan conjuntamente:

  • Modelo 322: Declaración individual de IVA dentro del grupo.
  • Modelo 353: Declaración agregada del grupo de entidades.

Comercio electrónico e importaciones:

  • Modelo 369: Ventanilla Única (OSS/IOSS) para ventas a consumidores de otros países de la UE.
  • Modelo 380: Declaración de operaciones asimiladas a importaciones.

Hasta el 31 de julio

Durante los últimos días del mes también pueden presentarse otros impuestos y declaraciones informativas, correspondientes al mes anterior, entre ellos:

  • Modelo 369 (régimen de importación).
  • Impuestos medioambientales.
  • Impuestos sobre determinados servicios digitales.
  • Impuestos sobre depósitos en entidades de crédito.
  • Impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas.
  • Declaraciones informativas sobre bienes y operaciones transfronterizas.

No todas estas obligaciones afectan a todos los contribuyentes, por lo que conviene revisar cada caso concreto y confirmar qué modelos resultan de aplicación.



Durante los meses de agosto y septiembre no se concentran grandes hitos fiscales, más allá de las obligaciones mensuales recurrentes (como Intrastat o impuestos especiales para determinados contribuyentes).

Son meses idóneos para:

  • Revisar la contabilidad del ejercicio.
  • Corregir posibles desviaciones.
    Preparar con antelación el cierre trimestral de octubre.


Hasta el 20 de octubre

Presentación de los modelos correspondientes al tercer trimestre:

  • Modelo 111: Retenciones de personal y profesionales.
  • Modelo 115: Retenciones por alquileres.
  • Modelo 117: Retenciones sobre determinadas ganancias patrimoniales.
  • Modelo 123: Retenciones sobre rendimientos del capital mobiliario.
  • Modelos 130 y 131: Pagos fraccionados del IRPF.
  • Modelo 303: Declaración trimestral de IVA.
  • Modelo 309: IVA no periódico.
  • Modelo 349: Operaciones intracomunitarias.
  • Modelo 202: Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades.

Es la última cita trimestral del ejercicio, por lo que conviene revisar bien datos y ajustes antes de cerrar el año.



Hasta el 5 de noviembre de 2026

  • Modelo 102: Segundo plazo de la Declaración de la Renta, para contribuyentes que optaron por el fraccionamiento del pago.

Durante el mes de noviembre

Además, se mantienen obligaciones habituales para determinados contribuyentes, como:

  • Declaraciones estadísticas de comercio intracomunitario (Intrastat), cuando proceda.
  • Retenciones e ingresos a cuenta de presentación mensual (grandes empresas y supuestos específicos), según corresponda.
  • Impuestos especiales o medioambientales, en función de la actividad.

Hasta el 30 de noviembre

  • Modelo 369: IVA e-commerce – régimen de importación/ventanilla única, cuando proceda.


Hasta el 21 de diciembre

  • Modelo 202: Último pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio.

Hasta el 30 de diciembre

Presentación de declaraciones de IVA correspondientes al mes anterior (noviembre), según el régimen aplicable: Modelo 303 y, cuando proceda, Modelo 322 (grupo de entidades, modelo individual), Modelo 353 (grupo de entidades, modelo agregado) y Modelo 380 (operaciones asimiladas a importaciones)

Hasta el 31 de diciembre

  • Modelo 036: Renuncia o renovación de la estimación directa simplificada y de la estimación objetiva (módulos) para 2027 y ejercicios posteriores.
  • Presentación de determinados impuestos mensuales y especiales, como:
    • Modelo 369.
    • Impuestos medioambientales.
    • Impuestos sobre determinados servicios digitales.
    • Otros tributos específicos según la actividad del contribuyente.


Descarga el calendario fiscal 2026 como fondo de pantalla


Para que tengas siempre visibles los plazos fiscales clave de 2026, hemos preparado nuestro calendario fiscal en formato fondo de pantalla, pensado para el día a día de asesorías, despachos profesionales, pymes y autónomos.

Hemos creado tres versiones, para que elijas la que mejor encaja con tu forma de trabajar 

El calendario incluye:

  • Las fechas fiscales más relevantes de 2026.
  • Un diseño claro, visual y fácil de consultar de un vistazo.
  • Formato optimizado para pantallas de ordenador.

Versión color

Perfecta para quienes trabajan con pantallas luminosas y quieren identificar de un vistazo los meses y plazos clave.

Versión clara

Pensada para entornos de trabajo muy luminosos o para quienes prefieren un diseño más limpio y neutro.

Versión oscura

Diseñada para modo oscuro, más cómoda para la vista y muy práctica si trabajas con poca luz.


Declaración de la renta en 2026

El periodo para presentar la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2025 abarca desde el 8 de abril hasta el 30 de junio de 2026:

  • Por Internet: desde el 8 de abril.
  • Por teléfono: a partir del 6 de mayo.
  • De forma presencial: desde el 2 de junio (requiere cita previa).
  • Domiciliación del pago: hasta el 25 de junio.

Para facilitar este proceso, soluciones como a3asesor Ren permiten gestionar la declaración de la renta de forma más ágil y eficiente.


¿Qué pasa si presento impuestos fuera de plazo?

Cumplir con el calendario fiscal no es solo una obligación legal: es la forma más directa de evitar sanciones, recargos e intereses. Los retrasos en la presentación de modelos o los pagos fuera de plazo pueden suponer:

  • Multas económicas, cuya cuantía varía según el tipo de contribuyente.
  • Recargos automáticos por presentación extemporánea.
  • Intereses de demora si el pago se realiza fuera de plazo.

En muchos casos, estos costes no se deben a errores complejos, sino a despistes o falta de control de fechas.


¿Cómo saber qué impuestos debe presentar tu empresa o tu actividad?

Las obligaciones fiscales dependen de múltiples factores:

  • Tipo de contribuyente (autónomo, sociedad, gran empresa).
  • Actividad económica.
  • Forma jurídica (SL, SA, comunidad de bienes, etc.).
  • Régimen fiscal aplicable y ubicación geográfica.

El calendario fiscal es una herramienta clave para conocer los plazos, pero no siempre basta para saber qué modelos te afectan exactamente. Por eso, contar con el apoyo de un profesional o con software fiscal especializado permite identificar y gestionar correctamente todas las obligaciones tributarias.


¿Cuáles son las principales novedades fiscales que afectan al calendario?

El calendario fiscal de los últimos años ha incorporado nuevas obligaciones y ajustes normativos que conviene tener en cuenta, entre ellos:

  • IVA en e-commerce: obligación de declarar determinadas ventas a consumidores de otros países de la UE mediante el modelo 369.
  • Criptomonedas: mayor control informativo sobre inversiones y operaciones con activos digitales.
  • Cambios en el IRPF del ahorro: incremento del tipo impositivo para rentas más elevadas.
  • Reformas en el Impuesto sobre Sociedades (IS): ajustes en tipos mínimos y beneficios fiscales según el tamaño de la empresa. Tributación mínima del 15 % para multinacionales y grandes empresas, rebaja del tipo impositivo para pequeñas empresas (entre el 17 % y el 20 %) y reducción de la reserva de capitalización (del 15% al 20%).
  • Cambios en IVA: aplicación del tipo general del 21 % a determinados arrendamientos turísticos y alquileres de corta duración.

Estos cambios hacen que el calendario fiscal sea cada vez más dinámico y exigente.

¿Cómo evitar sanciones y errores con el calendario fiscal 2026?

  • Planifica con antelación: establece recordatorios y evita trabajar siempre contra el reloj.
  • Mantén tus registros actualizados: una buena base de datos contable y fiscal reduce errores y requerimientos.
  • Apuesta por la digitalización: herramientas como a3asesor Ges permiten automatizar plazos, presentar modelos de forma masiva y mantener el calendario siempre actualizado.

Cumplir con el calendario fiscal 2026 no tiene por qué convertirse en una carga. Con planificación, apoyo profesional y soluciones digitales adecuadas, es posible ganar tranquilidad, eficiencia y control en la gestión de las obligaciones tributarias.

Si necesitas más información o quieres optimizar la presentación de tus impuestos, consúltanos sin compromiso.